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HASTA EN 20% INCREMENTA CFE ILICITAMENTE EL MONTO DE FACTURACIÓN

  • fernandohrnandez
  • 27 abr 2017
  • 2 Min. de lectura

Durante el periodo de horario de verano del año 2015 la Comisión Federal de Electricidad (CFE) aplicó inconstitucionalmente un INSTRUCTIVO PARA LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LAS TARIFAS PARA EL SUMINISTRO DE VENTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, mismo que considera que dicho horario de verano es de los meses de Abril a Septiembre; lo que es contrario al Decreto de HORARIO ESTACIONAL (HORARIO DE VERANO), que aprobó el Congreso de la Unión y publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 1 de marzo del año 2002.

Con la aplicación del citado instructivo emitido por CFE se limita el beneficio del horario estacional (horario de verano) que contempla dicho beneficio de menor costo de energía eléctrica desde el primer domingo de Abril al último domingo de Octubre; pues en la práctica CFE no considera el mes de octubre dentro de los beneficios de la tarifa baja del horario de verano.

Lo anterior fue documentado y resuelto judicialmente dentro de los autos del Juicio Oral Mercantil 02/2016, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Tabasco; y ratificado por el Tribunal Colegiado en materia Civil y del Trabajo en el Estado de Tabasco, dentro del juicio de Amparo Directo 785/2016; donde además se resolvió que: “dicha facultad corresponde de manera exclusiva al Congreso de la Unión, y ni el Poder Ejecutivo Federal, a través del Presidente o alguna facultad delegatoria a alguna Secretaria de Estado, a través de algún acuerdo delegatorio o decreto tendrían dicha facultad; esto es, que mucho menos la CFE pueda modificar, expedir o emitir tarifas por el consumo de energía eléctrica.

Así mismo, y conforme a los citados juicios, la Comisión Federal de Electricidad deberá anular el recibo de cobro aplicado al usuario inconstitucionalmente, así como a pagar al usuario los gastos y costas que se originaron por la tramitación del juicio.

El monto cobrado arbitrariamente por la CFE consiste en un promedio del 20% del importe del recibo de cobro; es decir, de $1,000.00 en promedio $200.00 son cobrados ilícita y arbitrariamente. Lo anterior es significativo considerando que existen más de 600 mil usuarios domésticos que posiblemente le fueron aplicadas inconstitucionalmente dichas tarifas.

La mesa de trabajo “Por Tabasco, Unidos en lo Esencial” insta a la ciudadanía a que acudan a las instituciones públicas (Profeco, Derechos Humanos (nacional), Defensoría de Oficio (federal); del Estado (Gobernador, Diputados Federales y Senadores) y Colegios y asociaciones de abogados, para combatir de forma directa y puntual las referidas ilegalidades, así como el combate puntual a la corrupción de Comisión Federal de Electricidad, por seguir aplicando el INSTRUCTIVO PARA LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LAS TARIFAS PARA EL SUMINISTRO DE VENTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA alterando en perjuicio de los consumidores tabasqueños las tarifas del horario de verano y generando grotescos ajustes de facturación adicionales a las altas tarifas por el suministro de electricidad en la entidad.

Villahermosa, Tabasco. 27 de Abril de 2017

C. Pedro García Falcón C. Javier Ramos Martínez C. Sergio Antonio Reyes Ramos


 
 
 

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